Federico Bisquert “El hachazo fiscal del gobierno de Sanchez”

Federico Bisquert “El hachazo fiscal del gobierno de Sanchez”

De las esperadas reformas estructurales para estimular la continuidad empresarial por parte de este gobierno de coalición socio-comunista, que entiendo que ni ve o no se sitúa, no se le ocurre otra cosa, ante esta crítica situación, que aprovechando la aprobación del Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el fraude Fiscal,  incluir una modificación directa sobre el Impuesto de Patrimonio, Impuesto de Sucesiones y Donaciones y al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Modificaciones y cambios que están tramitando en el Parlamento y que asustan profundamente a los fiscalistas de este país.

Entre las medidas que se están tramitando parlamentariamente, tenemos las siguientes:

  • Limitación a 1.000 € para los pagos en efectivo entre empresarios y profesionales.
  • Acabar con las amnistías fiscales.
  • Reducción del límite de deuda con la Agencia Tributaria.
  • Vigilancia exhaustiva sobre las criptomonedas.

Y además el Ministerio de Hacienda introduce que “dada la elevada litigiosidad existente en la valoración de los bienes y derechos afectados por estos impuestos, se lleva a cabo una reforma para dar seguridad jurídica a contribuyentes y administraciones tributarias, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo”…  ¿y cómo te quedas?

Respecto a los bienes inmuebles, el Valor de Referencia del Catastro lo convierten en base imponible de los tributos patrimoniales de forma objetiva

De tal modo que la base imponible que se utiliza para para estos dos impuestos ya no será el valor real del inmueble, sino su valor de mercado, que lo establecerá la Dirección General del Catastro, de tal modo según indica la propia Hacienda “en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario” , esto es, que se calculará en base a los precios de las últimas transacciones de los inmuebles y que facilitaran los notarios y los registradores y aunque el Ejecutivo recalca que los nuevos cálculos se van a realizar en base a “unas reglas técnicas justas y trasparentes y se fijará por Catastro mediante un garantista procedimiento administrativo para su general conocimiento”, tengo mis serias dudas de que la normativa vaya a cumplir con todo lo que cuentan tan brillantemente, ya que, esta nueva forma de valoración aunque se base en transacciones reales difícilmente puede prever las circunstancias propias de cada inmueble, como puede ser que haya sido reformado, su estado de conservación general, su ubicación y perdida de condición o influencia, etc…

Así como en la actualidad las Haciendas Autonómicas enviaban a un perito a visitar el inmueble vendido, donado o heredado a los efectos de una estimación de su valor-precio, ya no van a hacerlo, puesto que la base imponible será fijada por el valor de referencia que fije el Catastro, situación que choca frontalmente con la realidad actual ya que los Tribunales han venido exigiendo una valoración individualizada del inmueble y peritada.

Lo cierto es que el Ejecutivo opta por cambiar la norma antes que ajustarse a la jurisprudencia de los distintos Tribunales, indicando que así se reduce litigiosidad y se aumenta la trasparencia, va a ser que no me lo creo.

Lo bien cierto es que estas pretendidas modificaciones, se traducen en una subida de impuestos con la que prevén recaudar entre 2021 y 2022 en torno a los 9.000 millones de euros adicionales.

Contando con la tasa Google, el incremento del IVA en las bebidas azucaradas, el Impuesto de Sociedades y el IRPF para las rentas altas, quedando afectado íntegramente el Impuesto sobre el Patrimonio, ya que, esta nueva Ley introduce un nuevo valor “el de referencia del Catastro” y que afectará a quienes tengan inmuebles con un valor de adquisición  o catastral muy bajo y que por este motivo tendrán que tributar al tener que actualizar esos valores en sus inmuebles.

Esto puede dar lugar a desequilibrar la renta de determinados contribuyentes con inmuebles muy antiguos y que su valor catastral será muy bajo respecto al valor de referencia del Catastro, el cual se presumirá cierto, salvo prueba en contrario y será, cuando entre en vigor la Ley, el contribuyente el que tenga que demostrar que el valor que se le asigna por el Catastro al inmueble es superior al de mercado, lo que supone una inversión de la carga de la prueba, será el contribuyente el que tenga que probar ese valor real, mediante la acreditación del estado del inmueble en acta notarial e incluso el pertinente Informe Pericial, dando lugar a generar unos gastos imprevistos para cualquier ciudadano.

Se prevé que el Proyecto se haga público de forma inminente, de tal modo que la normativa pueda entrar en vigor y sea operativa en el primer trimestre del 2021. Sencillamente diabólica pretensión, que va a generar mayor estado de incertidumbre sectorial y general   debiendo acumular las cifras de nuestra situación económica, que hablan por sí mismas con casi 110.000 empresas y 740.000 empleos destruidos, y cerca de 300.000 empresas, con más de un millón de puestos de trabajo en ERTEs… y los rebrotes de Covid19 creciendo sin parar…

Federico Bisquert Lafuente
Economista

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