Sigue adelante la denuncia presentada contra el contratista Enrique Ortiz por sobrecostes en las obras del teatre Calderón

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha estimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Alcoy contra el Auto del 13 de marzo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Alcoy por los sobrecostes de las obras del Teatre Calderón, debiendo continuar el trámite practicando la pericial acordada.

Recordamos que el juzgado número 2 de Primera Instancia de Alcoy declaró el sobreseimiento de las diligencias previas de la denuncia presentada por el Ayuntamiento contra el contratista Enrique Ortiz. Por sobrecostes en las obras del teatre Calderón.

Por parte del Consistorio se presentó recurso contra dicho Auto al considerar que existen suficientes pruebas con las periciales aportadas para abrir juicio ora. Además, que en todo caso es responsabilidad del propio juzgado el que se lleve a término la pericial judicial solicitada de oficio. Todo ello situando en caso contrario al Consistorio en una situación de indefensión.

Las denuncia recordemos que se basa en la presunta comisión de un delito de estafa y falsedad documental. Ello por parte de la constructora Ortiz e Hijos, s.a, adjudicataria de las obras de reforma del Teatro Calderón. Además, de la Dirección Facultativa. Al detectarse hasta en dos periciales, una de ellas judicial, sobrecostes abonados por el Ayuntamiento que no estarían justificados. Ascendieron a más de un millón de euros.

El Auto de la Audiencia Provincial de Alicante, da la razón al Ayuntamiento, e insta al Juzgado de Instrucción de Alcoy a llevar a cabo una nueva pericial judicial. Todo ello admitiendo los argumentos del consistorio y considerando que la decisión adoptada por el juzgado le genera indefensión.

Cabe tener presente que la pericial, cuya práctica no pudo llevarse a término por renuncia sucesiva de los peritos designados por el juzgado, fue acordada como necesaria por el propio Juez instructor para avanzar en la instrucción. Su imposibilidad de práctica fue el motivo de archivo de la causa en fase de instrucción. Lo que acuerda ahora la Audiencia Provincial es la obligatoriedad de que se lleve a efecto dicha prueba. Siendo tarea del juez instructor el remover los obstáculos que puedan surgir.