Normas Fase II Hostelería, restauración, hoteles y establecimientos turísticos

Normas Fase II Hostelería, restauración, hoteles y establecimientos turísticos

Desde hoy todo el territorio de la Comunitat Valenciana está en la Fase II de la desescalada ante la pandemia. Aquí tienes las normas indicadas desde el Gobierno para esta Fase II para la Hostelería, restauración, hoteles y establecimientos turísticos.

Todas estas normas vienen recogidas en el documento del gobierno siguiente:

Transición a la nueva normalidad. Normas Fase II de la desescalada

Normas para la Hostelería y restauración

  • Podrán reabrir al público los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere un 40% de su aforo. Las Comunidades Autónomaspodrán modificar este aforo máximo entre el 30 y el 50%.
  • No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.
  • El consumo dentro del local podrá realizarse únicamente sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.
  • Se puede encargar comida y bebida para llevar en el propio establecimiento.
  • Las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería mantienen la limitación al 50% de las mesas, con una ocupación máxima de 10 personas.
  • Entre un cliente y otro se deberá proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto.
  • Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso y se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con acción virucida.
  • Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú de uso común.
  • Vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en espacios cerrados y, si no es posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
  • Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables.
  • En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, los trabajadores deberán utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure tanto su protección como la del cliente.
  • Residencias para investigadores: Pueden reanudar su actividad las residencias, edificios, centros e instalaciones, de naturaleza pública o privada, destinadas al alojamiento y prestación de servicios hosteleros y de restauración a personal científico, técnico e investigador.

Hoteles y establecimientos turísticos

  • Pueden reabrirse al público las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se mantengan las medidas establecidas en el ámbito de la hostelería y restauración.
  • El establecimiento debe determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos conforme al aforo y medidas de higiene y protección establecidas.
  • Los espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deben ventilarse dos horas antes de su uso.
  • Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas y respetándose la distancia mínima de seguridad entre personas y entre estos y el animador o entrenador. Se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos.
  • Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimientosegún las indicaciones del capítulo siguiente de esta guía.
  • Pueden abrirse parques naturales y teleféricos, con limitaciones de aforo y condiciones específicas de higiene.