Preocupación Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres Comunitat Valenciana

Preocupación Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres Comunitat Valenciana

Desde el colectivo ‘Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres Comunitat Valenciana’ queremos mostrar nuestra preocupación ante las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria para el curso 2020-2021.

Desde esta plataforma se solicitó a Conselleria de Educación el pasado 16 de junio medidas extraordinarias en cuanto a la confección de los grupos de alumnado para evitar el riesgo innecesario que se produce cuando los hijos e hijas nacidos en parto múltiple están separados en distintas aulas. Estas se planteaban ante el escenario de crisis sanitaria que atravesamos, con el objetivo de reducir el porcentaje de probabilidades de contagio y proteger la conciliación familiar y laboral y eran:

  • Que para la matriculación de 2020/2021 los centros estén obligados a escolarizar en la misma aula a los menores nacidos en parto múltiple si así lo desean las familias.
  • Que todos los múltiples escolarizados en distintas aulas sean reagrupados, si así lo desean sus familias, en el curso 2020/2021.
  • Que se evalúe por parte de la Conselleria mantener como permanentes estas reagrupaciones basándose en la experiencia y en los efectos que la convivencia de los hermanas y hermanos haya podido tener tanto para ellos como para el grupo.

Estas reivindicaciones han sido claramente desatendidas y no entendemos cómo se puede plantear “la posibilidad de constituir grupos de convivencia estable para el alumnado de menor edad” negando la convivencia en el mismo grupo a los que ya conviven fuera del aula.

Por ello, este colectivo va a seguir trabajando para intentar que esta crisis no se cebe con las familias con menores nacidos en parto múltiple que ven cómo la separación de sus hijos en distintas aulas maximiza el riesgo de contagio tanto desde el centro a la familia, como a la inversa, y agrava las dificultades para conciliar, ya que estos menores nos son como hermanos o hermanas de edades distintas o muy parecidas. Son menores de la misma edad y con ritmos sociales y educativos prácticamente parejos. Separarlos, a pesar de la oposición de sus familias, supone una carga mayor en cuanto a: horarios, material escolar, reuniones, actividades del centro con participación de padres y madres o funciones escolares. Por no hablar, de la compleja situación que atraviesan cuando la enseñanza debe realizarse telemáticamente, tal y como estamos experimentando estos meses.

Escolarización en igualdad de oportunidades

Las familias que conformamos ‘Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres CV’ seguimos pidiendo a la Conselleria de Educación que legisle para que las familias con menores nacidos en parto múltiple puedan escolarizar a sus hijos e hijas en igualdad de condiciones que el resto y para ello es imprescindible introducir dos aspectos:

– Que en el acceso al centro escolar la opinión de la familia sea vinculante, dado que el centro no conoce a los menores. Y posteriormente, a lo largo de la escolarización, debe ser una decisión consensuada con los menores y la familia, basada en evidencias pedagógicas y de comportamiento.
– Que, en el caso de la existencia de dos o más solicitudes de admisión de hermanos en un mismo centro para el mismo curso, cuando uno de ellos obtenga plaza escolar, se conceda puntuación por este aspecto al resto de hermanos.

Este último punto tiene especial relevancia ya que durante los periodos de admisión siguen dándose situaciones inverosímiles dejando a algunas familias con menores nacidos en parto múltiple con sus hijos admitidos ya no en distintas aulas, sino en distintos centros. El limbo legal en el que se encuentran estas familias provoca que en ocasiones no exista una solución que permita la agrupación familiar garantizando el acceso en igualdad a la educación. Es el caso de una familia valenciana que ha visto que este curso uno de sus hijos era admitido en un centro donde podrá cubrir sus necesidades de educación especial, pero su hermano mellizo ha quedado fuera del centro y con varias personas por delante en la lista de espera.

Desde Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres Comunitat Valenciana creemos que solo formulando en este sentido conseguiremos que el respeto por los menores y sus familias sea real y accedan a los centros escolares libremente y en igualdad de condiciones que el resto de los alumnos.

Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres Comunitat Valenciana

El curso pasado, más de medio centenar de familias dirigió una petición al director general de Política Educativa, Jaume Fullana, para que la Conselleria de Educación adoptara una postura unificada respecto a la escolarización de menores nacidos en parto múltiple y que en esta se apostara por consensuar con los padres la mejor opción para las familias.

Fruto de aquella demanda, se dictó la resolución del 5 de julio de 2019 del secretario autonómico de Educación y Formación Profesional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que aprueba las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten Educación Infantil de segundo ciclo y Educación Primaria que especifica en el apartado 8.5 ‘Criterios para la confección de grupos del alumnado’:

«En la toma de decisiones, para hacer la distribución de hermanos en el mismo nivel educativo, se escuchará y se tomará en consideración la opinión de las familias o representantes legales, todo de ello de acuerdo con lo que regula la Orden 20/2019. Al mismo tiempo, en caso de existir propuestas al respecto, reflejadas en informes socio-psicopedagógicos elaborados por los servicios especializados de orientación, estas deberán ser consideradas«.

Con esta resolución la decisión de escolarización conjunta o separada sigue recayendo en última instancia en los centros educativos. Las familias avalan sus decisiones con informes, estudios y, lo más importante, el conocimiento que tienen de sus hijos e hijas. Los centros no están obligados a presentar una argumentación seria ni justificar pedagógica o educativamente su postura, lo que coloca a estas familias en una situación de vulnerabilidad.

Además, esta resolución no tiene carácter permanente y se recoge en las instrucciones de Conselleria para cada curso, por lo que todavía existen Reglamentos de Régimen Interno en los que se señala que los hermanos deben ser matriculados en distintas aulas.

Por todo ello, EXPONEMOS:

  • No existe consensodentro de la comunidad educativa en si la separación o juntar a los múltiples en el aula es conveniente pero sí que existe consenso en que la personalización del proceso de enseñanza en pro de fomentar el pleno desarrollo de los alumnos/as (cognitivo, social y emocional), tal y como indica la LOMCE en el Preámbulo III. Está claro que medidas generalistas, rígidas e impersonales (“todos los hermanos nacidos de parto múltiple acudirán a aulas separadas”) no son óptimas para la calidad de la enseñanza ni garantizan la equidad y el bienestar social.
  • NO HAY EVIDENCIAS CIENTÍFICASque demuestren que separar a los gemelos a edades tempranas les beneficie ni se han hallado diferencias significativas en el rendimiento académico entre los que se separan frente a los que permanecen juntos. Desde la investigación científica, no se ha podido demostrar que la separación fomente la individualidad y la autonomía que se defiende con la separación, y, en cambio, SÍ QUE HAY EVIDENCIAS CIENTÍFICAS que avalan que en algunos casos aparecen problemas emocionales en los primeros años de escolarización en aquellas parejas de gemelos que han sido separadas (Tully et al. 2004).
  • Si creemos que cada alumno/a es un ser independiente, con sus necesidades individuales, no sería lógico que, a los gemelos, por su condición, se les tratase como una unidad y no se respetasen sus necesidades. En el momento en que dejamos de analizar a cada pareja de gemelos como dos seres independientes, con sus características personales, e imponemos unas normas en cuanto a su escolarización, ya sea dejarlos juntos o separarlos, estamos contradiciéndonos.

Y para apoyar nuestra postura, facilitamos a continuación las siguientes referencias:

MARCO LEGISLATIVO

En España no existe ningún reglamento sobre qué hacer en la escolarización de gemelos.

  • En base a la legalidad española la Constitución Española(1978) recoge en el Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (p.11). En este caso, en el momento en que se separa a los gemelos, se estaría incumpliendo esa parte de la Constitución.

También en el artículo 27.2 de la Constitución española: «La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». En aquellos casos en los cuales la separación causa alteraciones emocionales en los múltiples, no se respeta este principio básico.

  • Ley Orgánica 8/1985, de 3 julio, reguladora del derecho a la educación, avala los principios de no discriminación (art.57), la inclusión educativa (art.27), el derecho a la equidad y el derecho a la flexibilidad basada en la diversidad y en las necesidades del alumnado (art.6).
  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se indica que lo que tiene que primar es el interés del niño, independientemente de los trámites educativos que haya que llevar a cabo. Destaca que deberían ser flexibles los criterios y las normativas de los centros y estar bien motivadas (art.2).
  • Ley Orgánica de Educación 2/2006, (art.71), de 3 mayo, y la Ley Orgánica 8/2013 (art. Único), de 9 diciembre reconocen el papel de los progenitores y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
  • Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en su Preámbulo II indica “Las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones”.

MARCO PSICOPEDAGÓGICO

  • Los estudios científicos sobre el efecto “juntos-separados” en la escuela(Tully 2004, Van Leeuwen 2005, Webbink 2007, Polderman 2010), en los que se ha investigado cuál es el efecto de la separación en los resultados académicos y en el comportamiento de los niños, concluyen que:
  • Durante los primeros años, los gemelos que no han sido separados tienen mejores resultados escolares y mejor comportamiento.
  • Gemelos separados tienen al comienzo de la enseñanza Primaria más problemas interiorizados (miedo e inseguridad) que gemelos que no han sido separados.
  • No hay diferencia en los resultados escolares al final de la enseñanza Primaria entre gemelos separados y gemelos que se han escolarizado juntos.
  • Gemelos que se han escolarizado juntos presentan al final de la enseñanza Primaria el mismo comportamiento que gemelos que han sido separados.

Estudios, como el de Tully et al. (2004) demuestran que los gemelos separados sufren problemas emocionales como ansiedad, retraimiento, soledad, retroceso en su desarrollo y menor rendimiento escolar en lectura que los que están juntos. Siendo especialmente significativo respecto a procesos de adaptación de otros alumnos/as puesto que para hermanos nacidos de parto múltiples esto supone una doble separación de sus personas de referencias (padres) y de la persona con la cual llevan desde el útero y con la que no conocen otra forma de vida que no sea estar juntos (su hermano/a).

  • En el estudio de gemelos en educación primaria realizado por van Leeuwen, van den Berg, van Beijsterveldt, y Boomsma (2005), los gemelos separados tenían más problemas internalizantes (miedo, ansiedad) y externalizantes que aquellas parejas de gemelos que no se habían separado.
  • En cuanto a la creación de identidadespropias Segal (2017), psicóloga e investigadora, afirma en su libro “Twin Mythconceptions” que la separación de gemelos a corta edad con el objetivo de favorecer el desarrollo de su identidad es un mito. Afirma que la compañía del gemelo no está reñida con el desarrollo de la propia identidad. No hay estudios que demuestren que separar ayude en la formación del “yo”. Al contrario, separarlos aumenta su dependencia por sentirse inseguros.

La conclusión es que, muchos hermanos múltiples tienen problemas emocionales si se les separa especialmente en la etapa de Infantil.

  • El pediatra y especialista en crianza Carlos González recoge en un artículo para el diario Ara una serie de estudios (https://criatures.ara.cat/opinio/Bessons escola-junts-o-separats_0_2143585627.html) sobre los efectos de mantener juntos o separados a los gemelos en el aula y las conclusiones son: en Holanda “no hay diferencia a los 12 años”, en Canadá́ y Reino Unido “apenas se perciben efectos a los 12 y los 16 años”, en Reino Unido “los hermanos separados mostraron más problemas psicológicos y menos progreso en lectura” y en Australia, “casi no había diferencias en capacidad lectora a los 8 años”.
  • Coks Feenstra, psicóloga infantil experta en mellizos/gemelos afirma en su obra “El Gran Libro de los Gemelos” (2007) lo siguiente:

“En los gemelos, desde el inicio, hay una conciencia de ‘nosotros’. Los directivos de los colegios no son conscientes de esta realidad y toman una decisión en base de ideas preconcebidas, no avaladas por la ciencia. Los gemelos desarrollan primero una identidad conjunta (el ‘nosotros’) y de allí́ construyen su propio ‘yo’. Es un proceso natural que tiene lugar en los primeros años de la infancia. Si se interfiere en este proceso, con una separación forzosa, se les crea no pocas veces una situación dolorosa que no logran entender, siendo esta contraria a lo que han vivido hasta el momento. También implica que vivan una doble separación, la de la madre y la del hermano gemelo”.

  • Rosa Jové, especialista en psicología clínica infantil y juvenil y psicopediatría, explica en el documental “Gotas de Agua” (https://youtu.be/FJZOk_nAoEU) que los hermanos se dan seguridad y esta mejoraría notablemente su adaptación al colegio y se evitarían o suavizarían los síntomas que provoca esta nueva etapa, se favorecería la transición y se evitarían posibles secuelas. Jové va más allá́ y se hace eco de la Convención de Derechos del Niño y el artículo 92 del Código Civil Español que señalan que el niño tiene derecho a expresar su opinión en asuntos que le conciernen como es la educación. Por ello, “tanto a los 3 como a los 6 años, si el niño prefiere estar con su hermano, tiene derecho a hacerlo saber y a que se tenga en cuenta esa opinión”, afirma.
  • Meritxell Palou, coach infantil, familiar y promotora y creadora de la causa “Múltiples juntos en la escuela, decisión de los padres”, asesora a familias de múltiples desde el año 2013, que desean llevar a sus hijos juntos a la escuela y se encuentran con la negativa de los directores de dicho centro, a su elección como tutores legales de sus hijos. En estos años ha asesorado a unas 1.200 familias de todo el mundo con esta problemática, de lo cual puede concluir que la separación forzosa trae consecuencias de ansiedad, estrés, tristeza tanto en los padres como en los niños, viéndose obligados a hacer algo en los que ellos no están de acuerdo

También se encuentra con directores y profesores que abren su mente a dicha experiencia, cediendo que los niños múltiples vayan juntos al aula, encontrándose con que las suposiciones de “dependencia” por estar juntos no eran reales, ya que los niños se relacionan tanto con sus compañeros, solos o entre ellos.

SITUACIÓN EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Recientemente la Comunidad de Madrid ha legislado a este respecto, decretando que en los colegios que cuenten con más de una unidad escolar en cada curso o nivel educativo, escolarizarán a los hijos nacidos en parto múltiple en el mismo grupo. Esta medida será aplicada como criterio general, excepto en aquellos en los que los centros o las familias justifiquen su negativa a esta decisión.

Asimismo, la resolución conjunta de las viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa en cuanto a las instrucciones de admisión de alumnado de esta comunidad autónoma decreta que “con el fin de favorecer el agrupamiento familiar, en el caso de la existencia de dos o más solicitudes de hermanos en un mismo centro cuando en el proceso de adjudicación de plaza alguno de ellos vaya a figurar en el listado de alumnos admitidos en el centro, se concederá́ puntuación por este apartado al resto de los hermanos solicitantes. Dicha puntuación tendrá́ efecto en el proceso de adjudicación de plazas escolares en el centro”.

También la Junta de Andalucía en el decreto 21/2020 establece que “en el caso de que varios hermanos o hermanas soliciten plaza escolar en el mismo centro docente y para el mismo curso de alguna de las etapas educativas a las que se refiere el presente Decreto sostenidas con fondos públicos, la admisión de uno de ellos supondrá la admisión de los demás”.