Un mendrugo en la Consellería de Igualdad

– Al asesor de Compromis, Sr. Didac Bellés Bellés.

No creo que nadie considere de justicia que nuestra Conselleria de Igualdad, en su forma, muy particular, de interpretar nuestra Ley 19/2017 de Renta Valenciana de Inclusión fuerce a renunciar a la pensión contributiva a los perceptores de la renta valenciana que han cotizado más de 15 años a la seguridad social y por tanto, tienen derecho a la pensión de jubilación contributiva, pero no pueden acceder a la misma por no cumplir todavía el requisito de la edad, dado que el acceso a esta ya no es a los 65 años como todos bien saben.

Las circunstancias de la vida durante esos últimos años de la etapa laboral son duras e inapelables. Si a los 50 en muchos sectores ya te consideran mayor para darte empleo, imaginemos a los 63 o 64. Este es uno de los motivos por los que muchas personas acaban siendo perceptores de dicha renta, aunque a lo largo de su vida hayan cotizado muchos años y que nuestra Conselleria de Igualdad los quiera forzar a renunciar a ese derecho e igualar a quienes no han cotizado jamás o pocos años, constituye un acto de una injusticia social que rompe los principios y valores más elementales de cualquier ciudadano de bien, sea del color político que sea.

Y si por denunciar públicamente esta atrocidad e injusticia social, el asesor de Compromis, Sr. Didac Bellés Bellés me llama “Facha”, sólo le diré que no ofende quien quiere sino quien puede. Y cuando los únicos argumentos que se esgrimen son el insulto gratuito para ocultar la verdadera incompetencia del interlocutor, no cabe otra que perseverar en la misma línea, por tanto, que un señor que vive del dinero público, mienta a los medios de comunicación equivale a mentir al pueblo valenciano, eso sí que es ofender a quienes debería servir, además, siendo de otro partido está adscrito a presidencia como favor del PSPV a su socio Compromis, pues este ocupó por completo su cupo de asesores, según publicó el diario El Mundo el pasado 4 de febrero de 2018.

Que un ex subdelegado en Castellón del diario de Las provincias (2005- 2008), hoy vaya de izquierdas, llamando “Facha” a quien defiende a las personas más vulnerables, da soporte al dicho popular “Todo vale por el mendrugo de pan”. Cuando tal vez, el verdadero mendrugo lo lleve consigo mismo de continúo, dada su valía y solvencia como comunicador.

La Consellería de Igualdad y sus «desigualdades»

En un primer momento Conselleria afirmó al diario Levante emv que la ley estatal impide el cobro de rentas mínimas tras los 65, así lo reflejó el periodista Gonzalo Sánchez en ese mismo diario el pasado 5 de enero. Algo que no es cierto y, por lo visto, constituía la excusa cómoda de Compromis para descargar su propia responsabilidad en el gobierno central que encabeza el PSOE.

El día 11 de enero publiqué en dicho diario un articulo de opinión donde demostraba que las afirmaciones de Consellería eran mentira y que nuestra Ley autonómica si permite que las personas mayores de 65 años puedan seguir cobrando la renta valenciana en una modalidad llamada Renta Complementaria por Prestaciones, tal y como estipula el art 13.3 primer párrafo de la Ley 19/2017.

Un día después, en el mismo diario, Levante emv, Igualdad ya reconocía que, en efecto, existía una modalidad de renta valenciana que sí permitía seguir percibiendo la ayuda después de los 65 años. No se excusó por haber mentido públicamente, ni falta que hace, lo realmente importante es defender los derechos de los valencianos y valencianas más vulnerables.

Sin embargo, igualaba y volvía incidir en que quienes tuvieran derecho a pensión de jubilación contributiva tendrían que renunciar a ésta y solicitar la jubilación no contributiva a los 65 años. Algo dantesco, injusto y más propio de un chantaje institucional que de una Conselleria que vela por los intereses y derechos de los valencianos y valencianas. No obstante, vuelven desde Consellería de Igualdad por medio del señor Didac Belles a hacer una lectura muy particular de nuestra ley que no se corresponde con lo que en ella consta.

  • Concretamente, el artículo 13.3, segundo párrafo, de nuestra Ley 19/2017, refiriéndose a personas de 18 a 65 años con un grado de discapacidad del 65% y a las personas de 65 años o edad superior, dice textualmente:

“No obstante, y con carácter excepcional, estas personas podrán acceder a las modalidades de renta de garantía en aquellos casos en que, tratándose de una persona titular individual o con personas menores de edad a su cargo, no tengan derecho al reconocimiento de cualesquiera otras prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas y cumplan con el resto de requisitos para ser titulares de renta valenciana de inclusión.”

El caso real de María, madre soltera de 64 años

El caso real de María que abrió la polémica es el de una mujer, madre soltera de 64 años que vive sola y desde hace tres años percibe la Renta Valenciana de inclusión en su modalidad de Renta de Garantía de Inclusión Social (RGIS). Siendo ella la titular, cuando se acercó a solicitar la renovación a su centro de servicios sociales se le comunicó, dado que en 2023 cumple los 65 años, que al finalizar el mismo dejaría de percibirla renta. Algo totalmente incongruente con el cometido por el cual fue creada la Renta Valenciana. Esta mujer tiene tiempo suficiente cotizado a la Seguridad Social para acceder a la pensión contributiva de jubilación, sin embargo, dicho acceso, ya no se produce a los 65 años.

La solución es obvia, en virtud del fragmento expuesto anteriormente, se debe declarar como carácter excepcional el caso de María y de cuantos ciudadanos y ciudadanas tengan derecho a cobrar la jubilación contributiva pero a la edad reglamentaria y a sus 65 años sean perceptores de la renta valenciana. Puesto que el motivo de no poder acceder a la jubilación es de fuerza mayor (no tener todavía la edad reglamentaria) pero si cumplen el resto de requisitos, nada impide legalmente a Conselleria de Igualdad, en virtud de dicho artículo 13.3, segundo párrafo de seguir pagando a estas personas una prestación a la que tienen derecho. No hacerlo es vulnerar dicho derecho, además de incumplir la propia ley autonómica de renta valenciana.

Por lo demás, solo apelar a la responsabilidad y seriedad de nuestras instituciones. La solución es factible, no se trata de voluntad política sino de cumplir la ley, tal cual consta.

Gracias.

Juan Vte. Cosín