La Conselleria de Hacienda simplifica y facilita la presentación de documentación por vía telemática al liquidar impuestos con la Agència Tributària Valenciana

– La nueva orden que publica el DOGV permite la presentación ‘online’ de todo tipo de documentos que no tengan carácter notarial
– Además, habilita nuevos métodos de firma electrónica para los trámites que realicen la ciudadanía con la ATV<7b>

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha publicado una orden que simplifica y facilita la presentación de documentación por vía telemática, por parte de los contribuyentes, al liquidar los impuestos de Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados y Sucesiones y Donaciones con la Agència Tributària Valenciana.

La nueva orden permite la presentación electrónica de todo tipo de documentación que no tengan carácter notarial de forma complementaria a la autoliquidación.

De esta forma, por primera vez se permite presentar copias electrónicas de documentos privados, como por ejemplo los relativos a una donación, o de documentos judiciales.

Con esta medida, la Dirección General de Tributos y Juego pretende seguir avanzando en la implantación de la administración electrónica en el ámbito tributario, algo especialmente importante en el actual contexto derivado de la COVID19.

Nuevos tipos de firma electrónica

Otra de las novedades que incluye la orden, que se ha publicado este jueves en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), es que permite la utilización de otros tipos de firma electrónica, que hasta ahora no estaban autorizadas en el ámbito tributario, aunque sí que eran admitidas por la Generalitat para trámites generales.

Esta medida permite adaptar la anterior normativa a los nuevos tiempos, al admitir cualquier tipo de firma para los trámites con la ATV, siempre que este método esté autorizado por la Generalitat.