El último y más potente ejemplo lo acabamos de ver en el Tribunal Supremo, que ha protagonizado uno de sus episodios más insólitos y tensos en décadas, y es que el Alto Tribunal ha anunciado la condena del Fiscal General del Estado en funciones por un delito de revelación de secretos, en una resolución comunicada con una rapidez poco habitual para un caso de esta trascendencia. La sentencia, cuyo texto íntegro aún no ha sido redactado, ya ha provocado un seísmo político e institucional difícil de medir a corto y medio plazo.
Que debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales. Le absolvemos del resto de los delitos objeto de la acusación
Este es el texto que ha sacudido el mundo judicial y político de este país. El fallo de la sentencia, aun sin publicar, tiene un peso astronómico en lo político, en lo judicial y en lo social.
Lo que más ha sorprendido a juristas, analistas y responsables institucionales es la celeridad con la que el tribunal ha dado a conocer el veredicto.
Aunque parece ser que la deliberación se había producido ese mismo día, la costumbre del Supremo en asuntos de relevancia pública es esperar a la finalización y firma del texto para emitir la comunicación oficial.
En este caso, sin embargo, se optó por adelantar la parte dispositiva, lo que algunos interpretan como un intento del tribunal de cortar de raíz posibles presiones o especulaciones sobre el futuro del Fiscal General y otros como un gesto de excepcionalidad que merece ser explicado.
Cierto es, desde luego, que mantener la incertidumbre del resultado durante semanas o meses hubiera sido un desgaste para todos, también para el propio tribunal, seguramente temeroso de que pudiera filtrarse algún dato al respecto, con el inmenso follón que eso hubiera supuesto, ya que mayúsculo hubiera sido el escándalo si el tribunal que iba a condenar al Fiscal General por filtrar datos hubiera incurrido en la misma irregularidad que le estaba por reprochar.
La cosa es que la resolución supone una condena penal efectiva, pero al mismo tiempo refleja una notable reducción respecto a los delitos que inicialmente pesaban sobre él (exagerados, según muchos juristas).
De hecho, el Fiscal General ha sido absuelto de varios de ellos) lo que ha limitado la pena a una inhabilitación temporal y a una sanción económica relativamente moderada, además de una indemnización al Sr. González Amador.
Y como este es el perfecto ejemplo de que nunca llueve a gusto de todos, esta dualidad —condena firme pero no máxima— deja abierta la puerta a interpretaciones opuestas: para unos, prueba de que la sala ha querido ajustar al milímetro la respuesta penal; para otros, un equilibrio calculado para preservar cierta estabilidad institucional y alejar cualquier tipo de mácula revanchista o de intencionalidad política disfrazada de sentencia.
En cualquier caso, lo más saludable es esperar a la publicación del texto para estudiar el seguro que profundísimo análisis que los magistrados (al menos 5 de ellos) habrán realizado sobre la prueba practicada para fundamentar la condena. Y, de igual modo, habrá es estudiar los dos votos particulares de los magistrados que no están de acuerdo con la sentencia.
Y aquí está lo mollar.
Estoy más que seguro de que, en ambos casos, las respectivas tesis vendrán cimentadas y amparadas en sesudas y muy respetables razones jurídicas para sostener lo que sostienen. Y este es el verdadero respeto por las resoluciones judiciales. Se podrán compartir o no, pero respetarlas siempre; no sólo por la fuerza legal puedan tener (potestas), sino porque quienes las redactan conocen mejor que nadie lo que aconteció en el juicio y harán un ejemplar ejercicio de análisis jurídico que merece el respeto de todos (auctoritas).
De todos modos, lo que es indudable es que la imagen del Fiscal General del Estado, en ejercicio y a toga puesta, sentado ante un tribunal como acusado de varios delitos ha marcado un hito que podría tildarse, cuando menos, de desconcertante. Nunca antes en la democracia española el responsable máximo del Ministerio Fiscal —y además en funciones— se había visto en esta posición. Este detalle confiere al caso una dimensión excepcional, pues pone en cuestión la percepción de inmunidad que históricamente ha rodeado a ciertos cargos públicos y arroja interrogantes sobre las salvaguardas institucionales que deben rodear a quien dirige la acusación pública.
Y aunque no se le puede reprochar al ciudadano García Ortiz que tratara de defenderse como buenamente pudiera –incluso borrando los datos de su teléfono como haría cualquier delincuente en su situación-
El hecho de que lo hiciera con la toga de Fiscal General del Estado puesta ya es otra cosa… El Sr. Ortiz no es un vulgar ladrón o un traficante de drogas a quienes en el ejercicio del Sacrosanto Derecho de Defensa se les permite casi todo tipo de trampas. Está (estaba) revestido de una autoridad y de una dignidad institucional que es incompatible con ese comportamiento propio de un tramposo, de un fulero o de un buscavidas.
Y claro, todo esto ha hecho que el caso haya actuado como catalizador de una polarización que ya venía creciendo en los últimos años. Las reacciones políticas han sido inmediatas y viscerales:
Por un lado la oposición (que también tiene lo suyo) ve en la condena la evidencia de un deterioro institucional ligado al Gobierno.
El entorno del Gobierno denuncia lo contrario: una instrumentalización judicial motivada por intereses partidistas.
Por otro lado, en redes y tertulias, el debate se ha transformado en un choque de trincheras que apenas deja espacio a lecturas matizadas o análisis mínimamente objetivos.
El resultado es un ambiente en el que cada bloque utiliza la sentencia para reforzar su narrativa previa, lo que dificulta cualquier análisis sereno sobre el alcance real del fallo.
Por otro lado, la rapidez del anuncio plantea un desafío adicional ya que el Fiscal General solo podrá valorar con precisión sus opciones de recurso cuando el texto completo esté disponible. Hasta entonces, tanto su futuro político como la eventual revisión judicial de la condena se mantienen en una especie de limbo. Tampoco va ligero el Gobierno, que va a tener que nombrar a toda prisa un nuevo Fiscal General. Nombramiento que, me da en la nariz, no va a venir exento de polémica… Lo dicho: nunca llueve a gusto de todos.
En fin, la condena del Fiscal General del Estado marca un antes y un después en la historia institucional reciente.
A la rapidez inusitada del anuncio, se suma la rebaja sustancial de los cargos, la dimensión inédita del juicio y el clima de polarización política en el que todo esto se produce.
Queda ahora por ver si este episodio servirá para reforzar la rendición de cuentas en las altas instituciones o, por el contrario, erosionará aún más la confianza ciudadana en el equilibrio y sobre todo, el respeto entre poderes.
Buen ejemplo de ello ha sido la declaración ante los medios de todo un Ministro de Justicia, en la que ha dicho poco menos que sigue creyendo en la Justicia, a pesar de los jueces… El caso es que el tono sombrío y mortecino del Ministro en su comparecencia me ha recordado mucho a Arias Navarro cuando anunció, hace precisamente ahora 50 años, la muerte de Franco. Ver para creer…












