COEESCV rechaza cualquier tipo de mala praxis en Educación Social

  • Se tomarán las medidas necesarias en caso de sentencia firme por la condena a un educador social de una residencia de acogimiento general de infancia y adolescencia del que ha tenido conocimiento el Colegio Profesional a través de los medios

  • El Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de la Comunidad Valenciana reivindica el código deontológico y de buenas prácticas de la Educación Social

Ante la repercusión mediática de los últimos días por la que se condena a un educador social de una residencia de acogimiento general de infancia y adolescencia. El Colegio Oficial de Educadoras y Educadores Sociales de la Comunidad Valenciana quiere manifestar que ha tenido conocimiento de la sentencia a través de los medios. Y condena firmemente cualquier tipo de abusos y agresiones sexuales realizadas sobre cualquier persona, especialmente en la infancia y adolescencia.

El Colegio Profesional tiene como finalidades esenciales, entre otras, la ordenación de la profesión en beneficio de los intereses de las personas destinatarias de los servicios de sus colegiados y colegiadas. Así como hacer cumplir la ética profesional y las normas deontológicas que le son específicamente propias.

«De la información recibida parece desprenderse que la sentencia no es firme todavía, puesto que es recurrible en apelación. El Colegio no posee en estos momentos datos oficiales que proporcionen una información más detallada, ni mucho menos se ha tenido acceso a la sentencia. Por lo que de momento prevalece el derecho constitucional a la presunción de inocencia, a la que todas las personas tenemos derecho». Comentan desde la Junta Directiva del Colegio Profesional.

Ordenar en el ámbito de su competencia 

n así, una de las funciones del COEESCV es ordenar en el ámbito de su competencia la actividad profesional del colectivo colegial, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los y las particulares. Ejerciendo si corresponde la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.

«En el caso de que los hechos fueran refrendados por una sentencia firme, podrían constituir un atentado al código deontológico al que nos debemos como profesionales. Y una vez agotada la vía judicial, si procede. Atendiendo al contenido de los estatutos del colegio, se aplicarían las correspondientes sanciones, que podrían conllevar incluso la expulsión del colegiado en cuestión. Por ahora, la posible inhabitación correspondería a un pronunciamiento judicial sobre este punto. Sin que en este momento se tenga constancia de resolución alguna de inhabilitación cautelar», aseveran desde el Colegio Profesional.

El COEESCV rechaza cualquier tipo de mala praxis en el ejercicio de la profesión, pero especialmente, si se produce en el ámbito de la infancia y adolescencia en situación de desprotección y desamparo, por lo que cuando exista constancia de una sentencia firme, se actuará de forma inmediata.

«Queremos reivindicar nuestro código deontológico y de buenas prácticas, y reprobamos cualquier actitud y desarrollo profesional que lo infrinja», concluye la Junta Directiva.