El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado el padrón de la nueva tasa por la prestación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos. Se trata de un nuevo tributo de obligado cumplimiento para los municipios, derivado de la normativa estatal sobre residuos.
La concejal de Hacienda y Presupuestos, María José Ferrer San Segundo, ha señalado que el gobierno municipal “rechaza esta tasa”, pero que su aprobación es obligatoria para dar cumplimiento a la ley estatal impulsada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez.
Criterios para calcular las cuotas
Las cuotas han sido determinadas por los servicios técnicos municipales tomando como referencia el consumo anual de agua potable del ejercicio anterior, considerado el indicador más adecuado para estimar la generación de residuos, ante la ausencia de criterios concretos en la ley estatal.
Este mismo criterio ya es utilizado por la EMTRE en la fase de tratamiento y eliminación de residuos, y ahora se extiende también a las fases de recogida y transporte, competencia directa del Ayuntamiento.
En el caso de las actividades económicas, el cálculo se modula tanto por el consumo de agua como por el grupo de actividad del CNAE correspondiente.
Impacto del padrón aprobado
Según el padrón aprobado, se emitirán 440.510 recibos entre viviendas, comunidades de propietarios y actividades económicas. En el ámbito residencial, el 47,3 % de las viviendas y comunidades tendrá una cuota anual de 39,14 euros, lo que equivale a 0,11 euros diarios o 3,3 euros mensuales.
Teniendo en cuenta todos los tramos de consumo, el recibo medio domiciliario se sitúa en 90,59 euros anuales, mientras que el recibo medio de las actividades económicas asciende a 243,02 euros.
Gestión, notificación y cobro
De forma paralela, el Ayuntamiento ha adjudicado el contrato de colaboración para la gestión tributaria, notificación de recibos, atención ciudadana y recaudación voluntaria a la UTE Martínez Centro de Gestión, S.L. y Servicios de Colaboración Integral, S.L.U., por un importe total de 7,4 millones de euros y un plazo inicial de dos años, prorrogable.
Al tratarse de un tributo nuevo, las liquidaciones se notificarán de manera individualizada y la fecha de pago dependerá de la notificación recibida en cada caso. Las comunicaciones incluirán un formulario para domiciliar el pago en ejercicios posteriores.
Tasa obligatoria y no deficitaria
La concejal ha recordado que la Ley estatal 7/2022 obliga a los ayuntamientos a aprobar una tasa “específica, diferenciada y no deficitaria”, lo que implica que el coste del servicio debe repercutirse íntegramente a la ciudadanía. En el caso de València, esto supone trasladar 45,72 millones de euros del coste del servicio de recogida y transporte de residuos.
Bonificaciones y reducciones previstas
A pesar de las limitaciones legales, la ordenanza municipal contempla diversas reducciones y bonificaciones acumulables para mitigar el impacto de la tasa:
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Reducción del 30 % para familias numerosas en la vivienda habitual.
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Reducción del 30 % para familias con escasos recursos en riesgo de exclusión social.
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Bonificación de 10 euros por uso de ecoparques.
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Bonificación de 50 euros a actividades económicas con recogida “puerta a puerta” de papel y cartón.
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Bonificación del 10 % a empresas de distribución alimentaria y restauración que reduzcan residuos alimentarios en colaboración con entidades sociales.
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No sujeción de actividades con gestor de residuos autorizado para todas las fracciones generadas.
El Ayuntamiento trabaja en una modificación de la ordenanza para ampliar hasta el 31 de mayo de 2026 el plazo de solicitud de estos beneficios fiscales.
Rebaja fiscal complementaria
El gobierno municipal ha reiterado que, de forma paralela a la implantación de esta tasa, mantiene por tercer año consecutivo una rebaja fiscal generalizada, con medidas como la reducción del tipo del IBI urbano, la ampliación de bonificaciones a familias numerosas y la bonificación en la plusvalía por herencias entre familiares directos.










