El Consell aprueba un decreto para proteger las praderas de posidonia de los fondos marinos valencianos y arbitrar medidas de conservación

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, ha informado que el Consell ha aprobado hoy el decreto de conservación de praderas de posidonia marina en la Comunitat Valenciana. Cuyo objetivo es «proteger las praderas de fanerógamas marinas. Y evitar su regresión causada principalmente por la contaminación. Además de otros fenómenos como la pesca de arrastre, obras de infraestructura costera, extracción de áridos y fondeo de embarcaciones«.

«Al mismo tiempo, ha añadido, se arbitran medidas de conservación. Tanto en las mismas praderas como en la playa sumergida y emergida adyacente a esta. Así como en los ecosistemas dunares asociados«.

La posidonia es una especie reconocida y protegida por la Directiva Europea de Hábitats que en la Comunitat Valenciana ocupa más de 30.000 hectáreas. En este sentido, con el decreto aprobado hoy se da respuesta a la necesidad de proteger estos ecosistemas por su gran riqueza medioambiental. Ya que «están habitadas por más de 400 especies de plantas y 1.000 de animales. De las cuales muchas son de interés comercial y algunas están seriamente amenazadas«.

Mitigación del cambio climático

Asimismo, la vicepresidenta ha señalado que las praderas de fanerógamas marinas «son una gran fuente de oxigenación y producción de materia orgánica. Con lo cual contribuyen a la captación de CO2. Y, por lo tanto, a la mitigación del cambio climático«. Además de ayudar a «mantener la estabilidad de los sedimentos. Atenuando la energía de oleaje y corrientes, y por tanto posibilitan la conservación de las playas«.

Entre las medidas propuestas para su conservación, la Generalitat cartografiará las praderas de fanerógamas marinas existentes en el ámbito del territorio valenciano. Y catalogará aquellas consideradas de alto valor, facilitando toda esta información al Institut Cartogràfic Valencià.

Por otra parte, a las limitaciones recogidas en la legislación estatal se sumará, además, la prohibición de la pesca de arrastre, las extracciones de áridos, el vertido de materiales dragados y el vertido de aguas residuales y salmuera.

Proohibida la instalación de muertes de fondeo

En las praderas de posidonia y praderas de alto valor, quedan prohibidas, además, el anclaje, la instalación de muertes de fondeo y el fondeo no autorizado de acuerdo con el contenido del decreto.

También se prohíben los nuevos proyectos de acuicultura, los nuevos emisarios submarinos y las nuevas obras. En aquellos casos en que la correspondiente tramitación ambiental determine que puedan tener efectos negativos sobre las praderas de fanerógamas marinas.

Por otra parte, sí está autorizado el fondeo de artes fijos y menores de pesca profesional. De acuerdo con la legislación en materia de pesca y en los casos en que sean inevitables los fondeos sobre praderas.

También se permiten las actuaciones necesarias para la realización de actividades náuticas. Como por ejemplo balizamientos de seguridad, señalización de campos de regatas o líneas de salida y llegada u otros asimilables. Siempre que sean de bajo impacto. Y con informe favorable de la dirección general competente en la materia de protección del medio natural.