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El Estado obliga al Ayuntamiento a aprobar una tasa «no deficitaria» y repercutir a los ciudadanos 47,6 millones de euros por el coste del servicio de recogida y transporte de residuos.
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La mitad de las viviendas abonarán una cuota de 39,14 euros anuales (supone 3,3 euros al mes o 0,11 euros al día) y la ordenanza contemplará reducciones y bonificaciones acumulables para familias numerosas, con escasos recursos o por la reducción de residuos.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento ha acordado llevar para su aprobación al próximo Pleno las Ordenanzas Fiscales para el 2025, entre las que destaca la nueva tasa por la prestación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos. Como ha explicado la concejal de Hacienda y Presupuestos, María José Ferrer San Segundo, «se trata de una tasa que los Ayuntamientos rechazamos, pero nos obliga a aprobar Pedro Sánchez para consumar el «basurazo» de su ley de residuos».
Hasta el momento, el Ayuntamiento asumía el coste de la recogida de basura. Algo que no podrá seguir haciendo porque el artículo 11 de la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, exige a los Ayuntamientos aprobar, para 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria, que tienda a sistemas de pago por generación y que refleje el coste del servicio de recogida y transporte de las basuras.
La también Primera Teniente de Alcalde ha mostrado la contrariedad del gobierno municipal que lidera la Alcaldesa María José Catalá con esta imposición, afirmado que «la configuración como no deficitaria de la nueva tasa ata de pies y manos a los Ayuntamientos; nos obliga a repercutir a los ciudadanos 47,6 millones de euros del coste de la recogida y transporte de residuos; e impone en contra de nuestra voluntad el «basurazo» de Pedro Sánchez», ha indicado.
En este sentido, la titular del área de Hacienda ha puesto como ejemplo que «a partir de 2025, no podríamos, como hicimos hace un año, asumir con cargo al presupuesto municipal los 6 millones de euros que correspondían a Valencia de aportación a la EMTRE para que se repercutiera ese importe en los vecinos».
La configuración legal de la nueva tasa como «no deficitaria» también supone restringir la concesión e importe de las reducciones y bonificaciones que los Ayuntamientos pueden aplicar para reducir las tarifas.
Para avanzar hacia el pago por generación, como exige la ley, estas cuotas han sido determinadas por los técnicos utilizando un criterio coherente y coordinado para la recogida y transporte de residuos. Se ha optado por aplicar el mismo enfoque que la EMTRE utiliza para el tratamiento y eliminación de residuos (TAMER), basado en el consumo de agua de la vivienda, medido a lo largo de un periodo de 12 meses. En el caso de actividades económicas, las cuotas se ajustan tanto por el consumo de agua como por el Grupo de Actividades del CNAE (Código Nacional de Actividades Económicas) al que pertenecen.
Se prevé un total de 459.222 recibos entre viviendas, comunidades de propietarios y actividades. En el caso de las viviendas, se estima que para la mitad (201.843 de las 408.396) la cuota resultante será de 39,14 €/año, equivalente a 0,11 euros diarios o 3,3 euros mensuales.
Para aliviar a los vecinos y comercios por el «basurazo», Ferrer San Segundo ha confirmado que, «mantendremos también para 2025 la histórica rebaja fiscal aprobada para el año 2024, que fue la mayor bajada de impuestos y tasas de la historia de este Ayuntamiento y de las grandes ciudades españolas; beneficiando a más del 99% de los vecinos y comerciantes de Valencia, mientras que Compromis y PSOE subieron durante su mandato los impuestos al 100% de los valencianos. Sin excepción y en tiempos de crisis. También a los que ahora que no gobiernan dicen defender».
De este modo, se consolidan para 2025 medidas como la reducción del 20% en el tipo de gravamen general del IBI de naturaleza urbana que ya ha supuesto para 700.000 valencianos un ahorro de más de 33 millones de euros; la ampliación de la bonificación del 60% o 90% aplicable en el IBI a 4.000 familias numerosas que han ahorrado más de un millón de euros; o la bonificación del 95% en la plusvalía por causa de muerte entre familiares directos, «que ha permitido ahorrar 1,77 millones de euros, mientras que con Compromis y PSOE la bonificación máxima solo permitió ahorrar el año anterior 71.259,77 €», según ha precisado la edil.
Además, con el objetivo de reducir el impacto del «basurazo», la nueva ordenanza contempla los siguientes beneficios fiscales, que han de tener cobertura legal y ser restringidos en su cuantía para no infringir la imposición de que la tasa no sea deficitaria, pudiendo acumularse las reducciones y bonificaciones:
- Reducción del 30% a familias numerosas (3 o más hijos, con carácter general) para la vivienda habitual (con concesión automática cuando se disponga de bonificación en IBI y posibilidad de acogerse los arrendatarios), beneficiando con ello a más de 4.000 familias.
- Reducción del 30% para la vivienda habitual de familias con escasos recursos (según la ley que estén «en riesgo de exclusión social»: unidad familiar cuyos ingresos no superen el IPREM referido a 14 pagas), favoreciendo a 6.200 familias, sin perjuicio de otras coberturas y ayudas de los Servicios Sociales para situaciones de vulnerabilidad.Bonificación de 10 € a usuarios que utilicen ecoparques.
- Bonificación de 50 € a actividades económicas que utilicen sistemas de recogida municipal de papel y cartón «puerta a puerta».
- Bonificación del 10% a empresas de distribución alimentaria y restauración que tengan establecidos en colaboración con entidades de economía social sin ánimo de lucro, sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios de forma significativa y verificable (comedores sociales).
- No sujeción de actividades que tengan contratado gestor de residuos autorizado para la recogida de todas las fracciones que generen, acreditando que así es.
Las Ordenanzas Fiscales para 2025, además de la nueva tasa por la prestación del servicio de recogida y transporte de residuos, contemplan correcciones y ajustes técnicos en la regulación de diversos tributos.
También se introducen medidas que persiguen generar mayor seguridad jurídica al contribuyente y reducir las trabas burocráticas, como que los beneficios fiscales se mantendrán en tanto no se modifiquen las circunstancias y requisitos exigidos para ello, evitando tener que solicitarlo cada año.
Por otro lado, ante la reactivación del mercado inmobiliario, el tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) se armoniza con los de la mayor parte de las grandes ciudades, quedando fijado en el 4%.
Finalmente, se introduce una bonificación del 95% a todas las comunidades de vecinos que acometan la sustitución de fachadas ventiladas realizadas con aluminio y composite o procedan a la adaptación al Código Técnico de la Edificación (Documento Básico de Seguridad contra Incendios, SI 2 Propagación Exterior, versión 22 de diciembre de 2022).
El objetivo de esta bonificación, tal y como anticipó la Alcaldesa María José Catalá en el pasado Debate del Estado de la Ciudad es ayudar y fomentar que las Comunidades de Propietarios que viven en edificios con características similares al de Campanar cambien este tipo de material en su fachada, para mayor seguridad y evitar propagación en caso de incendios.









