Sagunto aleja las casas de juegos y apuestas a más de 850m de centros educativos e instalaciones de juventud

El Ayuntamiento de Sagunto va a abrir el trámite de consultas previas para incluir en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) una disposición adicional según la cual no se podrán ubicar salones de juego y casas de apuestas a menos de 850 metros de centros educativos y otro tipo de edificios o instalaciones en las que la juventud tenga actividades. Durante el plazo de 30 días hábiles la documentación e información pública relativa a la modificación estará disponible para las administraciones y entidades afectadas. Así como para la ciudadanía en general, a través de la página web municipal para posibles alegaciones y dar participación.

El borrador de modificación puntual del PGOU de Sagunto, que se ha planteado este jueves en la Comisión Informativa de Urbanismo, incluye una nueva disposición adicional que se ha redactado en los siguientes términos:

«Los establecimientos que correspondan a las modalidades mencionadas en el punto 3 del art. 45 de la ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, no pueden situarse a una distancia inferior a 850 metros de centro educativo acreditado por la Conselleria competente en materia de educación. Para impartir educación secundaria obligatoria, bachillerato, ciclo de formación profesional básica y enseñanzas artísticas profesionales. Así como de centros educativos de educación infantil y/o primaria, casas municipales de la juventud/centros juveniles. Centros deportivos/polideportivos municipales y centros culturales municipales».

Ahora se abre un proceso participativo de consulta pública. Y se prevé que el trámite termine con la futura aprobación de esta modificación puntual del PGOU por parte del Pleno Municipal.

La nueva disposición

Con esta nueva disposición adicional se equipara a los centros educativos que ya recogía la Ley de regulación del juego y prevención de la ludopatía en la Comunidad Valenciana con otras instalaciones municipales. Frecuentadas por adolescentes, jóvenes y niños y niñas. Como son los centros de educación infantil y primaria, casas de la juventud o Casal Jove, centros deportivos o polideportivos y centros culturales municipales. De este modo, la limitación de 850 metros para que no se establezcan este tipo de locales se extiende también a estos supuestos.

Aunque la legislación autonómica sí que establece una serie de limitaciones referidas a centros de educación secundaria en su artículo 45, no establece ningún tipo de limitación en colegios y otro tipo de instalaciones y entornos públicos donde la juventud (niños, niñas y adolescentes). Desarrolla su actividad de forma habitual. Motivo por el que desde el Consistorio se ha decidido equiparar estos espacios «donde los niños están en últimos cursos próximos a la adolescencia. Desde el Equipo de Gobierno entendemos que esa limitación se quedaba coja. Por lo que se hacía necesario establecer nuevos límites en entornos públicos. Donde la gente joven, niños y adolescentes, desarrollan su actividad de forma habitual», ha señalado en este sentido el concejal de Actividades, Guillermo Sampedro.

Así, según indica el edil, la intención del equipo de Gobierno es que salga adelante esta limitación. Que extiende los supuestos y permite una mayor prevención de la ludopatía para las nuevas generaciones del municipio.