Recuperación de la normalidad del Plan Local de Quemas Agrícolas a partir del 17 de octubre

A partir del sábado 17 de octubre finalizan las condiciones especiales de quemas de verano y se recupera la normalidad del Plan Local de Quemas Agrícolas. 

Según la Resolución de 10 de abril de 2020, del director general de Prevención de Incendios Forestales, sobre la modificación del período de quemas motivado por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la Regidoría de Agricultura, Medio Ambiente i Transición Ecológica informa que:

Desde el próximo sábado 17 octubre es recuperarán las quemas de invierno. Con ello, vuelve la plena normalidad del Plan de Quemas. Por tanto, ya podrán tramitarse los permisos de quema agrícola como notificaciones de quema, tanto en el Ayuntamiento de la Barraca d’Aigües Vives como en las oficinas del Ayuntamiento de Alzira. A excepción de las parcelas urbanas de las urbanizaciones del Repirall, Santa Marina, El Racó y San Bernat. Así como los núcleos habitados de Valletes de Bru, Valletes de Gall, a causa de su peligro.

Se informa que, para evitar los desplazamientos presenciales para obtener estas notificaciones, a partir del día 14 de octubre estará habilitada la tramitación electrónica con firma digital, a través de la web municipal www.alzira.es apartado «a un clic» opción «permiso de quemas». Se recuerda que quien no disponga de firma digital, puede conseguirla mediante la Clave.

Las quemas agrícolas de invierno se realizarán con las siguientes condiciones:

  1. Únicamente podrán realizarse quemas de lunes a sábado, ambos incluidos. Los domingos y festivos no se permitirá realizar quemas.
  2. Únicamente se podrán realizar estas quemas cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales sea 1. En alertas 2 y 3 o riesgo alto y extremo, los permisos de quemas se suspenderán. La información de nivel de preemergencia delante del riesgo de incendios forestales se ecuentra disponible en la web http://www.112cv.gva.es/.
  3. Mantener el horario de estas quemas entre el amanecer y las 13:30 horas, momento en el que la quema deberá estar totalmente extinguida.