La Conselleria de Educación, Cultura y Universidades ha abierto el plazo de solicitud de la ayuda extraordinaria de 500 euros para material escolar por la dana dirigida a nuevos colectivos de estudiantes afectados por la dana. El plazo permanecerá abierto hasta el 21 de septiembre y las solicitudes podrán tramitarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat o bien de manera presencial.
Esta ayuda, aprobada por el Consell mediante decreto, amplía las actuaciones puestas en marcha por la Generalitat para atender a las personas afectadas por las inundaciones y completa el alcance de las ayudas reguladas en el Decreto 148/2025, de 14 de octubre, incorporando a colectivos de estudiantes cuya situación específica no había quedado incluida en dicha convocatoria.
Con esta nueva convocatoria, el Consell continúa reforzando su apoyo a las familias y estudiantes afectados por la dana, ampliando el alcance de unas ayudas que buscan garantizar la igualdad de oportunidades y la continuidad educativa de todo el alumnado perjudicado por las inundaciones. La Generalitat mantiene así su compromiso de atender las necesidades derivadas de la emergencia y de acompañar a los estudiantes en el proceso de recuperación, asegurando que ningún joven vea comprometido su acceso a la educación por las consecuencias de la catástrofe.
Nuevos colectivos de estudiantes beneficiarios
En concreto, podrá acceder a esta ayuda el alumnado afectado por la dana que cursaba segundo de Bachillerato, ciclos formativos de grado superior o enseñanzas deportivas superiores. También el alumnado residente en municipios afectados que estudiaba en centros situados fuera de la zona dana.
Además, la subvención también beneficiará a los estudiantes matriculados en centros docentes extranjeros ubicados en zona dana, las personas que trasladaron su residencia o sus estudios tras las inundaciones o el alumnado que, por circunstancias administrativas debidamente acreditadas, no pudo formalizar su matrícula dentro de los plazos previstos.
Dispositivos electrónicos y material escolar subvencionable
El decreto aprobado por el Consell recoge, como material escolar y, por tanto, objeto subvencionable en estas ayudas, dispositivos electrónicos como ordenadores portátiles, tabletas, impresoras, monitores, discos duros, memorias USB, calculadoras científicas o accesorios necesarios para el estudio.
También libros, cuadernos, diccionarios, lecturas o material bibliográfico; en definitiva, material necesario para el uso y desarrollo de sus estudios o material personal, tales como mochilas, estuches, agendas, material de dibujo o técnico, carpetas y artículos de papelería general.
Documentación necesaria para solicitar la ayuda
Durante el trámite se requerirá o admitirá documentación en dos ocasiones: la primera, en el momento de la solicitud -telemática o presencial-, como proceso acreditativo de haber sufrido daños en sus bienes materiales como consecuencia de la dana. En este punto, corresponderá adjuntar facturas, justificantes de pago o presupuestos de reparación o reposición de los bienes perdidos o dañados a causa de la catástrofe. También fotografías o informes periciales (si se dispone de ellos) que acrediten los daños sufridos en la vivienda, enseres o material educativo previo o justificantes de compra previa de reemplazo realizada tras el 29 de octubre de 2024 para reponer lo perdido, así como, en su caso, resoluciones acreditativas de haber resultado beneficiario de otras ayudas vinculadas a la dana.
El segundo momento para adjuntar documentación será durante la justificación de la ayuda. Para ello, deberá acreditarse debidamente que la subvención ha ido destinada a la adquisición de material escolar mediante la aportación de facturas ordinarias o simplificadas, recibos comerciales, tickets de compra legibles donde se detalle el desglose de los productos adquiridos, justificantes de transferencia bancaria o pagos con tarjeta acompañados del desglose, factura de la compra o extractos bancarios de pago electrónico, siempre que permitan identificar de forma clara el establecimiento y el concepto adquirido.











